El ‘decir’ de la muerte en el Chile colonial
The ‘saying’ of death in colonial Chile
Manuel Contreras Seitz1 manuelcontreras@uach.cl. Universidad Austral de Chile
Resumen
La experiencia de la muerte es, tal vez, para el ser humano, una de las que más remecen su estructura vital e ideológica. Desde la decadencia corporal hasta las interrogantes básicas del cuestionamiento existencial, se recorre un camino que pasa por el ansia de la trascendencia, de la eternidad. Como la materialidad objetiva es, por esencia, finita, no es posible aspirar a la perpe- tuación del cuerpo, aunque muchísimas hayan sido las leyendas y mitos desde la más primigenia antigüedad que nos hablasen de tales maravillas, y muchos sean los esfuerzos de la ciencia y de la tecnología —nuestras leyendas contemporáneas— para prolongar, y perpetuar lo degradable. Por lo tanto, sólo queda la experiencia del discurso de la muerte, preparar el alma y el cuerpo para el camino final.
En este trabajo, se presenta un análisis de testamentos chilenos coloniales, desde la pers- pectiva filológica, no sólo enmarcando el contexto de producción de esta tipología documental, sino que también desde la conformación del español americano, como parte de la identidad lingüística y social de la sociedad criolla, particularmente de esta comunidad hispana marginal, desde mediados del siglo XVI hasta fines del siglo XVIII.
Palabras claves: Filología Hispánica, Chile colonial, Testamentos coloniales, Chile siglo
XVI, Español de Chile.
Abstract
The experience of death is, perhaps, for the human being, one of those that most shakes his vital and ideological structure. From bodily decay to the basic questions of existential ques- tioning, a path is traversed that passes through the longing for transcendence, for eternity. As objective materiality is, by essence, finite, it is not possible to aspire to the perpetuation of the body, although many legends and myths from the earliest antiquity have told us of such wonders, and many are the efforts of science and of technology - our contemporary legends - to prolong, and perpetuate the degradable. Therefore, only the experience of the discourse of death remains,
1 Director del Instituto de Lingüística y Literatura de la UACh– Academia Brasileira de Filologia
preparing the soul and the body for the final path.
In this work, an analysis of Chilean colonial wills is presented, from the philological pers- pective, not only framing the context of production of this documentary typology, but also from the conformation of American Spanish, as part of the linguistic and social identity of the Creole society, particularly of this marginal Hispanic community, from the mid-16th century to the late
18th century.
Keywords: Hispanic Philology, Colonial Chile, Colonial Wills, 16th century Chile, Chi- lean Spanish.
Recibido: 26/02/2021
Aceptado: 31/05/2021
1. La Nueva Extremadura o Reino de Chile: una aventura en el fin del mundo
La empresa de Chile fue, con mucho, la más complicada y prolongada de todas cuantas realizara la Corona Española en América. Después del fallido intento de conquista por parte de Diego de Almagro en 1535, que atrajera tan mala fama a sus supervivientes y a la tierra misma, cinco años más tarde toma el relevo el capitán Pedro de Valdivia con una expedición inicial que no pasaba de la veintena de hombres y una mujer blanca, la extremeña Inés Suárez, a la cual se agregan, con posterioridad, los restos de otras expediciones hispánicas, hasta completar unos
152 hombres, que deben padecer las inclemencias climáticas del desierto del Norte Grande y el continuo asedio de los indígenas, quienes periódicamente se encargaban de hacer mermar sus ya reducidos y magros alimentos.
Dependiente desde sus inicios de la organización y avatares del Cuzco, de donde se en- vían expediciones, abastecimientos y armas hacia los ‘reinos de la Nueva Extremadura’, mantiene una situación de inestabilidad hasta casi fines del siglo XVII, aproximadamente, con la creación de una zona fronteriza de facto en la región sur del territorio. Las necesidades de nuevas conquis- tas para la obtención de mano de obra para la minería, principalmente la de los lavaderos de oro y luego, con la decadencia de ésta, producto del gran descenso demográfico de los indígenas de la región norte del Biobío, para la incipiente producción agrícola, obligan a los encomenderos y a los gobernadores a organizar un ejército más profesional y permanente, que acudiera a las ne- cesidades de la población y acometiera las diferentes campañas, trasnochadas y malocas en busca de la consecución de dicho objetivo.
En esta etapa, las poblaciones del reino de Chile que lograron mantenerse con cierta estabilidad son las de La Serena y Santiago, concentraciones poblacionales que, en el caso de la primera, sirve de etapa natural en la ruta hacia el Perú y, en el de la segunda, por ser el centro de fundación y conquista posteriores, adquiere una mayor relevancia por su condición de capital y, por ende, de núcleo organizador de la actividad administrativa, social y militar de la incipiente sociedad, aunque los avatares y penurias del XVI hiciesen en ocasiones zozobrar la barca de la expedición conquistadora, de lo que se hace eco Villalobos (2006) cuando señala
Durante casi tres años, los conquistadores debieron vivir en la mayor penuria, faltos de ropa y ate- nazados por el hambre, pero Valdivia no amparaba flaquezas y mantenía a la gente ocupada en re-
construir la ciudad, buscar alimentos, sembrar y desbaratar las amenazas de los indios (p.51) /.../ A partir de 1550 las acciones se desplazaron hacia el sur para someter al publo araucano, pensan- do que la tarea sería de esfuerzo, como la anterior, pero sin imaginar la resistencia que opondría
«el fiero pueblo no domado» /.../ La lucha fue tenaz y los hombres designados vecinos de las nuevas ciudades debieron vencer grandes dificultades para construir y mantener los poblados. En cada lugar quedaban 50 o 70 hombres al mando de algunos capitanes, que debían desplegar maña y valor para subsistir; con la ayuda de los indios más sumisos levantaban ranchos y empalizadas que no lograban desmentir el aspecto de campamentos, pese al título de ciudad que ostentaban y estar dotadas de cabildo (pp. 52-53).
La dispersión hispana en tierras del Reino de Chile cobra luego su parte, primero con la muerte de Pedro de Valdivia en 1553 y, luego, con el gran alzamiento de 1598, por lo que el pri- mer intento de dominación en tierras araucanas fue un fracaso estrepitoso que hubo de abando- narse, asimilando la contracción territorial impuesta. El último reducto continental en sucumbir fue Osorno y la huida de los hispanos fue testimoniada, con posterioridad, por el jesuita Diego de Rosales:
salieron los españoles y españolas, religiosos y monjas, los más a pie, y cual o cual a caballo, sin llevar que comer, cargadas las mujeres de sus hijos; cual se paraba de floja y cansada y cual se caía en el suelo de hambre. Unas dejaban los hijos, y los soldados de compasión los cargaban, y otras por su flaqueza pedían a los maridos que se los ayudasen a cargar, y hubo hombre de éstos que llevaban a cuestas tres niños. Era lástima ver a las pobres españolas, gente noble y delicada, caminar a pie y descalzas, con el hato a las rodillas, por pantanos y ríos, con grandísima aflicción y trabajo, comiendo yerbas crudas, y tan desflaquecidas que había día que no marchaba el campo un cuarto de legua.
Esta situación conlleva un mayor asentamiento de los conquistadores y pobladores, per- mitiendo que la organización primigenia de campamento militar dé paso a una incipiente ur- banización, lo que implica un reajuste en los organismos que se constituirán como núcleos de la vida chilena, concentrando en la capital la mayor parte de la población hispana, que se ve reforzada por migraciones posteriores, así como por la criollización y el mestizaje. Junto con esto, se echan las bases de una naciente explotación agrícola y ganadera, las cuales se constituirán en el pilar fundamental de la economía del reino.
Socialmente hablando, la estratificación de los niveles es estamental formada, en un prin- cipio, por un grupo de conquistadores en su vértice y de una amplia base indígena. Luego, con la formalización de los primeros núcleos familiares, sobre la base de criollas, hijas naturales y mestizas de los conquistadores, que casaron con españoles, unido al surgimiento de artesanos y trabajadores especializados, así como a los refuerzos de contingentes militares, se desarrolla el sector intermedio de la pirámide.
2. Vivir y morir en la Colonia: el testamento y los bienes de difuntos
Tal vez herencia medieval, tanto desde la sanidad (salubridad) como de la religiosidad, los hombres y mujeres que habitan en el Reino de Chile durante el período colonial viven en constante compañía de la muerte, ya en los hechos como en el imaginario sociocultural de la
época. La inseguridad se manifiesta, sobre todo en el primer siglo del período de descubrimiento, conquista y poblamiento de la región, a través de las enfermedades que dejaban secuelas impen- sables a su paso. No sólo la sífilis causa estragos en la población, particularmente en la indígena, sino también el tifus, la tuberculosis o la viruela; ni qué decir de una apendicitis o una pulmonía.
Pero también afecciones desconocidas, la alta tasa de mortalidad neonatal e infantil generaban que el promedio de edad no alcanzase los 40 años, por lo que cualquier familia se veía expuesta a la muerte en breves períodos.
Si a esto agregamos la presencia de algunos importantes desastres naturales (como el terremoto de 1642 que destruye Santiago, o el de 1730 que obliga a la relocalización de Concep- ción), los accidentes laborales (domadura de potros, cruces de ríos), los asaltos y la mortalidad postparto, las luchas constantes con los araucanos, así como la deficiente dieta alimenticia, la verdad es que hacía ineficaz cualquier posible remedio y más riesgoso aún cualquier método quirúrgico. La muerte, entonces, es cercana compañera y vive en la cotidianeidad, sin abstraccio- nes, sino mano a mano, y por ello las preparaciones y disposiciones para “el bien morir” cobran especial relevancia a la hora de testar. En este sentido dice Retamal (2000:4)
Era el testamento un verdadero acto de confesión pública, en el cual, el testador, además de pro- clamar su adscripción a la religión católica (única cosmovisión legalmente aceptada), realizaba una expresa declaración acerca de lo que había sido su vida. Era la última instancia que tenía la persona para dar a conocer su propia verdad.
Toda persona, independiente de su condición social, económica, cultural o étnica, podía hacer o dictar testamento. Por ello los hombres y mujeres de la colonia, ricos y pobres; blancos, mestizos, indígenas y negros, libre o esclavos, llenaron páginas y páginas tratando de encontrar en la palabra escrita el modo de trascender a la otra vida sino también de mostrar a sus congéneres su limpieza de conciencia y su última confesión.
Así, por ejemplo, en 1592, la partera Isabel Bravo nos da cuenta en su ‘última y postri- mera voluntad’ que tiene en su casa a una niña huérfana de la cual ocuparse y a quien hereda ‘una saya de paño frisado y otra saya de jergueta guarnecida y una ropa de raso negro con su jubón, y dos pares de almohadas de penachos nuevas, dos delanteras de red y una colcha de holanda, y un frutero de red, y una saya de tafetán guarnecida de lo propio, y todo lo susodicho mando a la dicha Juana Rodrígues, que está en mi poder y cajas y el hato de mi vestir y mas le mando una caja grande que me costó veinte pesos” (ANS, Escribanos, vol 8, f.13r, ls.47-55).
Pero antes, en 1566, Alonso, indio del Cuzco, yanacona de Francisco Martínez, había hecho un inventario de sus bienes ante el escribano Joan de la Peña, lo cual “es su testamento e ultima e postrimera boluntad e quiere que se guarde e cumpla como en ella dize e que lo herede su muger con quien al presente esta casado”. Esta no deja de ser una situación interesante, ya que se altera el patrón discursivo del texto por una expresión pragmática –en la que habría que pro- fundizar desde la perspectiva sociolingüística- en la que las disposiciones espirituales se posponen en su totalidad, ya que ninguna de las habituales es mencionada, siendo el único conocido hasta el momento de dichas características (cfr. Anexo).
Llama más la atención, por el hecho de considerar que la muerte, en el período colonial, es una “actividad pública”, como todo el quehacer de pequeñas comunidades esencialmente ru- rales o semiurbanas, donde la Iglesia remataba el control que ejercía desde el nacimiento, en el surgimiento y transcurso de la vida humana, o en palabras de Jorge Manrique: “Nuestras vidas son los ríos / que van a dar en la mar / qu’es el morir”, claro que aquí se produce un monopolio del río, la barca, el mar y el puerto de tal magnitud, que la última voluntad y sus postrimeras acciones se encuentran perfectamente reguladas y establecidas socialmente, a fin de asegurar la fidelidad perpetua y, por qué no, la salvación del alma de quien testa.
En todo caso, la oralidad y la cotidianeidad penetran, de todas formas, el discurso escrito
del testamento, sobre todo en el femenino, como muestra del sector de la sociedad menos cul- turizado alfabéticamente, aun cuando este discurso se encuentra estructurado formulariamente, como luego veremos. En este contexto, el escribano tiene por misión la de recepcionar la exposi- ción oral de las últimas voluntades (y de las últimas modificaciones y cumplimientos: codicilos, instituciones de capellanías, inventarios de bienes, etc.) y, en ciertas ocasiones, corrige errores emanados de confusiones – mentales o verbales – del emisor. El valor agregado que se le asigna a la oralidad frente al discurso jurídico puede apreciarse en la inclusión de testigos, auditorio que da fe y testimonio tanto de la certeza de lo dicho como de la fidelidad de lo transcrito, no sólo ante el testador, sino también ante el “nombre de Dios”.
Este tipo de escrito no sólo conforma un tipo particular de discurso, sino que posee una doble dimensión que le entrega, en definitiva, su característica específica y es que es tanto un documento oficial, de naturaleza jurídica, que legaliza un acto de habla – la disposición testa- mentaria – a través de la presencia de un receptor – generalmente un escribano – autorizado; pero también forma parte de la intimidad volcada del testador que deja plasmada parte de su ‘carrera de la vida’ en un texto formal. Y si bien los documentos de puño y letra de quien entrega esta
última voluntad, así como sus respectivas modificaciones – los codicilos – son escasos, no quiere decir que esto reste validez al acto público en sí, aun cuando se circunscriba en el marco del de- recho privado.
3. Los testamentos y su conformación discursiva
Pero no sólo cumple, el testamento, una finalidad de conservación y prolongación del discurso individual, el que ha sido legalizado por un mediador autorizado y cuya instituciona- lidad garantiza el acto y su posterior ejercicio; sino que también permite organizar y controlar el tutelaje de la transmisión de los bienes a los beneficiarios, esto es, se ejerce en la práctica un control político en torno de la movilidad social.
Ahora, desde el punto de vista estructural, nos referiremos al testamento desde la pers- pectiva pragmática (componentes del circuito comunicativo), de la organización del discurso y de la estilística (registro elegido para producir el discurso). De acuerdo con estas modalidades, entonces, presentaremos algunos de los testamentos coloniales chilenos, que van desde el siglo XVI al XVIII.
En el primer sentido, la generación del documento requiere la presencia de dos compo- nentes duales: un emisor que se caracteriza por la separación de roles, en general, entre fuente (testador) y codificador lingüístico (escribanoa), y un receptor, donde hallamos los roles de de- codificador / recodificador (escribanob) y de la institución jurídica, que sirve de marco legal y garantiza el cumplimiento de la acción.
Esta conformación, por supuesto, queda patentada en la estructura testamentaria, con- formada por la notificación (donde se incorporan los datos autobiográficos del testador), la inti- tulación (el yo de quien testa) y las disposiciones (acción social en la que se despliega la autorre- ferencialidad y la referencialidad externa).
Ahora bien, desde el sentido de la organización del discurso, es posible señalar que, en esta doble tradición del testamento, la primera formalización la hacen los notarios eclesiásticos, de donde el testamento pasa a tener carácter cuasi-sacramental, so pena de excomunión. De esta
manera, el documento mismo se dividía en dos macroactos de habla: la aeterna – que incluye el credo, confiteor, los legados y las mandas pías, y que contribuye al enriquecimiento de los tesoros de la Iglesia (material y espiritual) – y la temporalia – donde se encuentran las mandas del destino y las distribuciones de los bienes materiales.
A esta organización se le superpone la regulación jurídica que establece el formulismo diplomático para el esquema testamentario siempre en consonancia, en todo caso, con lo estable- cido por la tradición católica. De allí que podamos distinguir el protocolo (invocación, notifica- ción e intitulación), el texto (motivación, disposición y corroboración) y el escatocolo (datación, enumeración de testigos, validación).
En todo caso, al parecer esta superposición no sería sólo formal, sino que podría res- ponder a la práctica escrituraria habitual en el momento de testar y que, en sentido estricto, no distingue con tanta precisión algunas de las tradicionales categorías del documento, aun cuando respondan a una (ideo)lógica específica.
De acuerdo con lo anterior, el esquema tipológico testamentario podría interpretarse como respuesta a la siguiente estructura:
{ Aeterna ‘teológica’ {
Credo
Confiteor }
Protocolo Emisor
{ Invocación
Identificación Notificación
Intitulación
}
Motivación
{ {
{
Aeterna ‘material
Legados
Texto Disposición Mandas Pías Contexto
Temporalia
Corroboración
{ Datación }
Escatocolo Enumeración de Testigos Receptor
Validación
Para esta clasificación, me baso en la idea de Ariès (1984:163):
El testamento fue, por tanto, el medio religioso y cuasi sacramental de ganar los aeterna sin perder por completo los temporalia, de asociar las riquezas a la obra de la salvación. En cierta forma se
trata de un contrato de seguridad concluido entre el individuo mortal y Dios, por mediación de la Iglesia: un contrato con dos fines: en primer lugar un «pasaporte para el cielo», según la frase de Jacques Le GofI". En este aspecto, garantizaba los bienes eternos, pero las primas se pagaban en moneda temporal gracias a los legados piadosos.
El testamento es también un permiso para «pasar por la tierra». En este sentido, legitimaba y autorizaba el goce -de otro modo sospechoso- de los bienes adquiridos durante la vida, de los temporalia. Las primas de esta segunda garantia se pagaban entonces en moneda espiritual, con- trapartida espiritual de los legados piadosos, misas, fundaciones de caridad.
Así, en un sentido el testamento permitia una opción sobre los aeterna; en otro, rehabilitaba los
lemporalia.
De esta manera, claro está, la Iglesia se hacía con una importante parte de los bienes tes- tados, que poco se condecían con la “importancia de la espiritualidad” y la salvación del alma.
Con todo, cabe señalar que la expresión espiritual muchas veces está bastante lejana de la preocupación en este “bien morir”, donde suele tenerse mayor resguardo con la temporalia. Este conflicto puede rastrearse en algunos de los testamentos coloniales con los cuales ejemplifi- caremos, particularmente del siglo XVI, ya que se hallarían más cerca de una tradición religiosa medieval que otros posteriores. En el caso en comento, me referiré a los testamentos de Inés González, india (21 de noviembre de 1564, en Retamal 2000:81-87) y de Isabel Brava, partera (8 de abril de 1592, Escribanos de Santiago, Vol.8, fs. 13r-14v., en Contreras 2005:254-257).
Entonces, la expresión documental colonial chilena que hemos registrado en los testa- mentos del Corpus Diacrónico del Español de Chile (CorDECh), se podría ejemplificar de la siguiente manera:
PROTOCOLO |
Aeterna ‘teológica’ |
Identificación |
|||
Credo |
Confiteor |
Invocación |
Notifica- ción |
Intitulación |
|
En el nombre de la santi- sima trinydad padre e hijo hespiritu santo tres perso- nas e un solo dios berda- dero (...) Primeramente encom- yendo my anyma a dios nuestro señor que la crio e redimyo por su preciossa sangre que la quyera lle- var a su santa gloria para donde fue creada quando deste mundo fuere y el cuerpo mando a la tierra de do fue formado para volver a ser reduzida. |
(...cossa natu- ral) creyendo como firme- mente creo en la santisyma trinydad y en la santa fee catoli- ca e todo aque- llo que crehe e tiene la santa madre yglesia de roma |
sepan quan- tos hesta carta de tes- tamento vie- ren |
como yo doña ynes go n ç al e z yndia na- tural de las probincias del peru |
muger soltera he actual- mente en esta ziudad de santiago del nuevo hes- tremo enferma del cuer- po e sana de la boluntad en my seso e juysio tal qual nuestro señor fue servydo de me le dar |
|
enel nonbre de dios |
------------- |
sepan quan- tos Esta carta / 2 de testamen - to vltima y postr imera boluntad bieren |
como yo y s a b e l braua |
muger lígitima que / 4 soy de diego serrano vezi- no morador de Esta ciu- dad / 5 de santiago rreyno de chille Estando como Estoy / 6 enferma en vna cama de la Enfermedad / 7 que dios a sido seruibi- do [sic] darme y Estando En / 8 mi Entero juicio y Entendimjento. |
TEXTO |
Motivación |
Disposición |
Corroboración |
||
Aeterna ‘material |
Temporalia |
||||
Legados |
Mandas Pías |
||||
temy endo - me de la muerte que hes cossa natural (...de roma) deseando poner my anyma en carrera de salvacion |
Primeramente mando que la chacara de con- chal yaya y herede la mitad della conel agua que le perteneciere sin que aya mejoras en la una parte que en la otra hel hospital de los natu- rales desta dicha ciudad para que sse asistan los pobres enfermos del e lo tengan por bienes suyos propio (…) e si se ven- diere la dicha chacara que de lo procedido dello se reparte igual- mente su valor de la dicha mitad por mane- ra que la dicha chacara ayan y ereden la mitad della el dicho hospital para curar los naturales enfermos del Para des- cargo de my conciencia (…) e les mando e pido y encargo a los pobres enfermos del dicho hos- pital e a las dichas pieças suso declaradas que al diputado del dicho hospital tengan quenta encomendar a dios my anyma. |
Yten mando que el dia de my ente- rramyento si fuere ora suficiente sino otro dia luego si- guiente se me diga en el dicho monas- terio una mysa de requyen cantada de cuerpo presente con su vigilia e res- ponsos e ofrenda- da de pan e vino e cerra según es cos- tumbre e se pague de mys bienes lo acostumbrado. |
yten declaro que debo a çapote anacona de Ro- drigo de quyroga siete pesos man- do se le pague de mys bienes (…) yten declaro que tengo por bienes myos propios los siguientes. Prime- ra-mente… (…) yten declaro por mis bienes que me debe (martyn de fuentes dos vestidos de algo- dón de rresto de un solar que ven- di a Mallorquyn) |
E para cumplir e pagar heste di- cho testamento mandas e lega- dos e pías causas en el contenidas dexo e nombro por mys albaceas e testamentarios al general Rodri- go de quyroga e Juano hurtado escribano publi- co (…) |
|
y temien- dome / 9 de la muerte que Es cos- sa natural y deseando / 10 poner mi anima En carrera de salbacion orde / 11 no Este mi testam e n - to. vltima y postrime- ra. bolun / 12 tad en la forma y manera si- guiente (...) P rimera - mente En- c o m i e n d o mi anima a dios / 14 nuestro se- |
se cunpla / 91 Este mi testamento. y lo que quedare dello / 92 se haga E ynstituya vna capellania A / 93 bolun- tad de mis albaceas enel monesterio / 94 de señor santo domingo y man- do asimismo / 95 se pa- gue A fray grabiel prior de santo / 96 domjngo se le paguen ocho pesos de oro de / 97 ciertas misas que me dixo / 98 - yten mando se pague a vn fraile de santo / 99 dom- jngo motilon vn cordo- ban que le mande |
yten mando que si dios fuere serui- do de me lleuar / 22 de Esta presente bida mi cuerpo sea Enterrado. enel / 23 monesterio de se- ñor santo domingo de Esta ciudad en la / 24 sepoltura. donde Esta Ente- rrado diego de bal- des / 25 mi primero marido y mi cuer- po aconpañen El / 26 cura de la yglesia mayor con cruz alta y se / 27 pague lo acostumbrado de mis bienes. - yten mando. a las mandas forçosas vn peso a cada vna / 44 con lo qual les aparto del derecho que tienen A mjs / |
- yten mando. a vna niña guerfana que tengo / 47 En mi cassa llamada juana rrodrigues vna saya de paño / 48 frisado y otra saya de xergueta guarnecida / 49 y vna rropa de rra- so negro con su jubon y dos / 50 pares de almoha- das de penachos nuevas / 51 dos de- lanteras de rred. y vna colcha de olanda / 51a <y vn frutero de rred> / 52 y vna saya de tafetan guarneci- da de lo propio y / 53 todo lo suso dicho mando a la dicha. juana rro- drigues que Esta |
- y para cunplir Este mi testa- mento y lo enel con / 112 tenido nonbro por mis albaceas A lo- renço / 113 perez y a gonçalo de toledo anbos a dos jun / 114 ta- mente y cada vno y qualquier dellos yn soli / 115 dum. y les doy poder cunplido para que ha / 116 gan ynbentario de todos los bie- nes y rro / 117 pas y preseas y otras cosas que tengo / 118 y menajes de casa y lo bendan En publica al / 119 moneda. y de su balor cunplan |
TEXTO |
ñor y El cuerpo a la tierra para do fue for / 15 mado tomando como tomo por mi abo- gada / 16 a la madre de dios. para que rruegue a su / 17 hijo pr ecioso j un t am e n - te con los bienabentu / 18 rados san pedro y san pablo y todos. los santos / 19 de la corte del cielo me perdone mis pecados y / 20 lleue a su santa gloria |
|
45 bienes |
En mi / 54 poder y caxas y El hato de mi bestir y mas le / 55 mando vna caxa grande que me costo beynte pesos. (...)- yten mando a la dicha juana rrodrigues menor guerfana vna cama / 65 de rred que tengo En mi caxa. - yten declaro que El capitan gaspar de la barrera / 77 y su muger me deuen dos partos mando que / 78 se cobre del / 79 - yten de- claro que me deue doña natalia / 80 y El capitan nico- las de quiroga vn parto mando se / 81 cobre del |
Este mj tes / 120 tamento y rrebo todos E qualesquier tes- tamentos / 121 o codicilios o poderes que aya fecho para tes / 122 tar para que no balgan. En juicio ni fuera / 123 del saluo Este que agora otorgo El qual / 124 balga por mi testamento o co- dicilio o por A / 125 quello que mas aya lugar de derecho |
Testigos
ESCATOCOLO Datación Enumeración de Validación …de
lo cual otorgue la
presente carta ante
el presente escribano publico e
testigos yuso escriptos ques ffecho e otorgado en la zivdad de Santiago del nuevo
hestremo a veynte e un dyas del
mes de noviem-
bre de myl e
quinientos e sesenta e quatro
años testigos
que fueron pre- sentes a lo que es dicho diego rubio e francisco de Uryas
e francisco de Ruvio e
francisco Torres e andres barona y
porque la dicha otorgante a quyen yo el presente escribano doy fee que conozco
dixo no saber firmar a su
ruego lo
firmo un testi- go presente. por testigo y
a ruego
de la dicha otorgante andres barona paso ante my jhoan de la peña escribano publico. En testi /
126 monjo de
lo qual otorgue. la
presente carta
An / 127 te El
pre- sente Escriuano
publico y testigos. que Es fecha y otor /
128 gada en la ciu- dad de santiago a ocho dias /
129 del mes de abril de
mjll E quinientos. y nobenta /
130 y
dos años testigos
que fueron pre- sentes se / 131 bastian fernandes
clerigo de Ebangelio y francisco
/ 132 garcia cirujano y juan ortiz de
vrbina y pedro de / 133 cosio y juan nuñez y francisco de yllescas y la
otorgante no fir / 134 mo porque no supo rrogo al dicho sebastian fernandes /
135 lo fir- me por ella y
doy fee
que la conosco A / 136 la otorgante. va
Entre rrenglones /y vn frutero de rred /
137 valga y testado /su
nombre./ no bala /
138 a rruego del otorgante /
139 sebastian
her / 140 nandez quintero
[firmado] / 141 Por testigo Juan ortiz de / 142 vrbina [firmado] por testigo Juan nu / 143 ñez [firmado] / 144 paso ante mi gines de
toro maçote [firmado] / 145 scriuano rreal
publico y de cabildo
Si bien puede
aparecer cierta ‘irregularidad’ en la aeterna teológica, esto es, que no siem- pre está completa o, aún más, puede estar
ausente, esto no quiere decir que el testador
o el escri- bano no recuerden la tipología documental, sino más
bien daría cuenta de la constante tensión entre los aspectos espirituales y la ‘ganancia del pan con el sudor de la frente’ que ha costado
más lograr y mantener, por lo cual quien testa, si bien su prioridad
debiera ser – de acuerdo a los cá-
nones eclesiásticos – poner “su ánima en carrera de salvación”, no es menos cierto que a veces ésta comienza (y termina) con los legados materiales. Pero tampoco hay que olvidar que se deseaba asegurar el traspaso de bienes, el saldar deudas (a favor o en contra, cuestiones que también se legaban) y compensar a quienes habían estado al servicio del testador. La tranquilidad del más allá pasa, también, por asegurar los bienes en la tierra, constante expresión de nuestra dualidad humana.
5. Finalizar...es morir un poco
En el marco de la conformación discursiva de los testamentos coloniales, podemos apre- ciar que en el Reino de Chile, entidad periférica de la administración hispana, la preocupación principal del testador es asegurar los bienes terrenales más que el ‘reino de los cielos’, si bien en la mayoría los escribanos recurren a la fórmula tradicional – debemos suponer también a petición de quien está testando – no es poco frecuente observar que ésta se reduce al mínimo o, simplemente, no existe, como en el caso del testamento de Alonso, indio, de quien se efectúa el inventario de bienes y luego los legados respectivos, sin pasar por la aeterna.
Aun cuando, por el momento, no hemos podida dar cuenta de ello en esta presentación, es característica esta circunstancia en los documentos del siglo XVI, tal vez por las mismas con- diciones sociohistóricas que hacen de la muerte una compañía permanente, ya que, llegando al siglo XVIII, por ejemplo, en los testamentos que hemos revisado, la tipología se encuentra en su plenitud, sin que se asomen discursos incompletos o que las protestaciones de fe se hallen riguro- samente establecidas, tanto en el credo como en el confiteor.
Los textos que conforman este volumen tienen la característica, precisamente, de entre- garnos una importante diversidad frente a un evento en común: el encuentro del ser humano con la muerte. La tipología documental que podemos hallar recorre, en la práctica, todo el pe- ríodo colonial, desde 1568 hasta 1792, en un corpus transcrito que entrega una perspectiva de la evolución por la que ha pasado este tipo discursivo. Para muestra, dejo a continuación algunos ejemplos, que mejor cuenta darán de lo antes señalado.
Archivo Nacional de Santiago, Fondo Escribanos de Santiago, Vol. 8, fs. 13r-14v. Carta de testamento de Isabel Brava, 8 de abril de 1592.
Escribano: Ginés de Toro Mazote
§
En el nombre de Dios. Sepan cuantos esta carta de testamento, última y postrimera voluntad vieren, como yo, Isabel Brava, muger ligítima que soy de Diego Serrano, vecino morador de esta ciudad de Santiago, Reino de Chile, estando como estoy enferma en una cama de la enfermedad que Dios ha sido servido darme, y estando en mi entero juicio y entendimiento, y temiéndome de la muerte, que es cosa natural, y deseando poner mi ánima en carrera de salvación, ordeno
éste, mi testamento, última y postrimera voluntad en la forma y manera siguiente
- Primeramente. Encomiendo mi ánima a Dios Nuestro Señor, y el cuerpo a la tierra, para do fue formado, tomando como tomo por mi abogada a la Madre de Dios, para que ruegue a su Hijo Precioso, juntamente con los bienaventurados San Pedro y San Pablo, y todos los Santos de la Corte del Cielo, me perdone mis pecados y lleve a su Santa Gloria.
- Iten. Mando que si Dios fuere servido de me llevar de esta presente vida, mi cuerpo sea enterra- do en el Monesterio de Señor Santo Domingo de esta ciudad, en la sepoltura donde está enterra- do Diego de Valdés, mi primero marido, y mi cuerpo acompañen el cura de la Iglesia Mayor, con
cruz alta, y se pague lo acostumbrado de mis bienes.
- Iten. Mando que el día de mi entierro, si fuere hora suficiente, se me diga una misa cantada con su vigilia, y si no, otro día siguiente, por los frailes de el dicho Convento. Y se pague lo acostum- brado.
- Iten. Mando que el día de mi entierro, y luego otros días susecivos, se me digan treinta misas rezadas; las diez en el dicho Convento de Señor Santo Domingo, por los frailes del; y las sinco
// en la Iglesia Mayor, en el altar del Obispo, por los curas y prebendados. Y las otras restantes, repartidas en los Monesterios de Señor San Francisco y Nuestra Señora de la Merced, y el Con- vento de Monjas de esta ciudad, por mis albaceas; y se les dé de limosna un peso de cada misa.
- Iten. Mando, a las mandas forzosas, un peso a cada una, con lo cual les aparto del derecho que tienen a mis bienes.
- Iten. Mando, a una niña güérfana que tengo en mi casa, llamada Juana Rodrígues: una saya de paño frisado y otra saya de jergueta, guarnecida, y una ropa de raso negro, con su jubón, y dos pares de almohadas de penachos, nuevas; dos delanteras de red y una colcha de holanda, y un frutero de red, y una saya de tafetán, guarnecida de lo propio. Y todo lo susodicho mando a la dicha Juana Rodrígues, que está en mi poder. Y cajas y el hato de mi vestir, y más le mando una caja grande que me costó veinte pesos.
- Iten. Mando se venda una líquida 2 y una manta de paño qu’está en mi caja, y de su valor se diga todo de misas, por el ánima de Catalina Yacanfri, las cuales digan los sacerdotes que a mis albaceas pareciere. Y asimismo, mando se venda una delantera de red nueva, para que se diga de misas por el ánima de Costanza, indias que fue de mi servicio.
- Iten. Mando a la dicha Juana Rodrígues, menor güérfana, una cama de red que tengo en mi caja.
- Iten. Mando se digan, por el ánima de un difunto a quien soy en obligación, veinte misas en la parte y Monesterios que pareciere a mis albaceas, y den veinte pesos de limosna.
- Iten. Mando que, asimismo, se digan cuarenta misas rezadas por mi intención y por las persona a quien soy en obligación, para que rueguen a Dios por mí, las cuales repartan mis albaceas para que se digan // en los Monesterios que mis albaceas quisieren, y den cuarenta pesos de limosna.
- Iten. Declaro que el Capitán Gaspar de la Barrera y su mujer me deben dos partos. Mando que se cobre del.
- Iten. Declaro que me debe, Doña Natalia y el Capitán Nicolás de Quiroga, un parto. Mando se cobre del.
- Iten. Declaro que las casas en que vivimos Diego Serrano, mi marido, e yo, y los solares que compró de Pedro de Armendieta que están junto a la casa y cuadra de Alonso del Campo son suyas, y si algo tengo en ello o me pertenece le hago gracia y donación dello
- Iten. Mando que una negra que tenemos en nuestro servicio, llamada María, se venda en publi- ca almoneda y de su valor y de todos mis vestidos y menajes de casa se cumpla éste mi testamento. Y lo que quedare dello se haga e instituya una Capellanía, a voluntad de mis albaceas, en el Mo- nesterio de Señor Santo Domingo. Y mando, asimismo, se pague a fray Grabiel, prior de Santo Domjngo, se le paguen ocho pesos de oro de ciertas misas que me dijo
- Iten. Mando se pague a un fraile de Santo Domjngo, motilón 3, un cordobán que le mandé
- Iten. Mando a Ana de Toro, por lo que le debo, ocho pesos en oro; mando que se le den. Todo lo cual se pague de los bienes declarados. Y con esto declaro que todos los bienes que Diego Se- rrano, mi marido, [ha] adquirido en la tienda son suyos y le pertenecen, por cuanto de la parte que dello me puede pertenecer le dejo por mi heredera, en lo cual le nombro por tal heredero. Y en lo demás que dicho es se cum //pla y guarde este mi testamento, que en ello nombro por heredera a mi ánima
2 Dice Fray Pedro Simón (1627, s.v.): “Es un modo de manto con que se cubren las indias desde los hombros hasta el suelo. Suele ser de diversas materias como mantas de ruan y algunas de seda harto costosas”.
3 Covarrubias (1611:1113, s.v.) indica: “el frayle que está todo motilado por igual, sin señal de corona, por no tener ni aún prima corona”.
- Y para cumplir este mi testamento y lo en él contenido, nombro por mis albaceas A Lorenzo Pérez y a Gonzalo de Toledo, ambos a dos juntamente, y cada uno y cualquier dellos in solidum, y les doy poder cumplido para que hagan inventario de todos los bienes y ropas y preseas y otras cosas que tengo, y menajes de casa, y lo vendan en pública almoneda. Y de su valor cumplan este mi testamento. Y revo[co] todos e cualesquier testamentos o codicilios 4 o poderes que haya fecho para testar, para que no valgan en juicio ni fuera del, salvo éste que agora otorgo, el cual valga por mi testamento o codicilio, o por aquello que más haya lugar de derecho. En testimonjo de lo cual otorgué la presente carta ante el presente escribano público y testigos. Que es fecha y otorgada en la ciudad de Santiago, a ocho días del mes de abril de mil e quinientos y noventa y dos años. Testigos que fueron presentes: Sebastián Fernándes, clérigo de evangelio; y Francisco García, cirujano; y Juan Ortiz de Urbina, y Pedro de Cosio, y Juan Núñez, y Francisco de Illescas. Y la otorgante no firmó porque no supo; rogó al dicho Sebastián Fernándes lo firme por ella, y doy fe que la conosco a la otorgante.
Va entre renglones: /y un frutero de red / valga. Y testado: /su nombre./ no vala
A ruego del otorgante
Sebastián Hernández Quintero [firmado]
Por testigo Juan Ortiz de Urbina [firmado]
Por testigo Juan Núñez [firmado]
Pasó ante mí Ginés de Toro Mazote [firmado]
Escribano Real, Público y de Cabildo
4 Dice Covarrubias, en el Tesoro de la Lengua Castellana (1611:438, s.v. codicilo) que: “es el escrito, en que uno decla- ra su última voluntad, aunque no requiere tanta solemnidad como el testamento. [...] Muchas veces estos codicilos son superadictos a los testamentos”.
Archivo Nacional de Santiago, Fondo Escribanos de Santiago, Vol. 8, f. 34v.
Codicilo en que Francisco de Gaete modifica su voluntad de lugar de sepultura en testamento.
13 de abril de 1592
Escribano: Ginés de Toro Mazote
§
En la muy noble y leal ciudad de Santiago, Reino de Chile, a trece días del mes de abril de mil y quinientos y noventa y dos años, ante mí, Ginés de Toro Mazote, escribano Real, Público y de Cabildo de esta dicha ciudas, y de los testigos aquí contenidos, pareció presente Don Francisco de Gaete, vecino de Osorno, residente en esta dicha ciudad, enfermo en una cama, y dijo que por cuanto él ha fecho y otorgado su testamento ante mí, el presente escribano, en el cual dejó nombrado sepoltura, albacea y heredero, y quiere mudar la sepoltura, que dejando en su fuerza y vigor el testamento que tiene otorgado, salvo en cuanto a lo que toca a la sepoltura, su voluntad es de que le entierren en el Monesterio de Señor Santo Domjngo de esta ciudad por los frailes del, en la capilla del General Juan Jufré, su suegro, y se le diga la misa cantada y vigilia por los frailes del dicho convento. Y con esto, como dicho es, en todo lo demás deja el dicho testamento en su fuerza y vigor. Y así lo dijo y otorgó, siendo presentes por testigos Pablo Flores y Alonso Gonzalez de Medina y Antonio Morales de Albornoz. Y el otrogante desta, a quien doy fe que conozco, no firmó por no poder, por la gravedad de su enfermedad; rogó al dicho Pablo Flores, testigo, lo firme por él de su nombre
A ruego y por testigo Pablo Flores [firmado]
Paso ante mí Ginés de Toro Mazote [firmado]
Escribano Real, Público y de Cabildo
Bibliografía
Ariès, Philippe (1984). El hombre ante la muerte, reimpresión, versión castellana de Mauro Ar- miño, Madrid, Taurus.
Contreras Seitz, Manuel (2005). Ilegibilidad y cotidianeidad. Paleografía y colección diplomática de documentos chilenos del período colonial (1548-1651). Osorno: Universidad de Los Lagos. Postigo de Bedia, Ana Mª (1996). De lo dicho a lo escrito, San Salvador, Universidad Nacional de Jujuy.
Retamal Ávila, Julio (2000). Testamentos de “indios” en Chile colonial 1564-1801. Santiago:RIL. Fray Pedro de Simón y su Vocabulario de americanismos, edición facsimilar de la “Tabla para la inteligencia de algunos vocablos” de las Noticias Historiales, Bogotá: Caro y Cuervo, 1986.
* Villalobos, Sergio (2006). Historia de los chilenos, Tomo 1, Santiago, Taurus.